Centristas de Aldeamayor de San Martín denuncian irregularidades en el próximo presupuesto municipal

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El grupo político municipal  Centristas CCD-CI Aldeamayor mediante su portavoz Félix Antonio Calleja denuncia irregularidades en el presupuesto municipal  para el año 2020 aprobado la semana pasada en un pleno extraordinario con los votos a favor del Psoe y ciudadanos y los votos en contra de toda la oposición.


Comunicado Centristas CCD-CI Aldeamayor


FEiLIX CALLEJA BOLADO

INFORME DEL INTERVENTOR MUNICIPAL: IRREGULARIDADES


1-En el apartado de gastos, el informe del interventor municipal indica que en cuanto al número de efectivos de personal, se produce un incremento derivado de la presupuestación de dos contratos de relevo al 100% de la jornada derivados de la jubilación parcial con reducción de jornada del 75% de dos trabajadores laborales del Ayuntamiento, que siguen ocupando sus plazas en plantilla, incumpliendo las limitaciones establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado vigente en cuanto a la tasa de reposición de efectivos aplicable a ésta entidad.


2-Asimismo, y como ya se advertía por la Intervención municipal en cuanto al contrato de relevo suscrito en el mes de diciembre de 2018, al trabajador relevista se le asigna un puesto de trabajo diferente del desempeñado por el relevado (URB03 Administrativo de urbanismo frente a ADM03 Administrativo de rentas y hacienda) puesto éste último que figura en la Relación de puestos de trabajo vigente como reservado a personal funcionario: El puesto de administrativo de urbanismo y su correspondiente plaza en plantilla están asignadas a personal funcionario, asignación de que no se ajusta a derecho, puesto que el personal laboral no puede realizar funciones reservadas a personal funcionario (artículo 92.3 de la Ley 7/1985 BRL). Por otro lado, como ya se ha señalado por el interventor municipal en ocasiones anteriores, debe existir una correlación entre las aplicaciones presupuestarias en materia de personal con lo acordado en el Acuerdo Marco, Convenio Colectivo Laboral y la Relación de Puestos de Trabajo, ya que de lo contrario se producen, en especial en lo relativo al personal laboral temporal y el indefinido, y así está ocurriendo en la actualidad , importantes diferencias entre los importes recogidos en la Relación de Puestos de Trabajo y los que figuran en el Anexo de personal que acompaña al presupuesto.


3- Se consigna en el proyecto de presupuesto, crédito para atender a nuevas contrataciones de personal laboral temporal, incluyéndose una nueva dotación para un Cooordinador –animador del centro de día al 100% de la jornada. Como ya se ponía de manifiesto por la Intervención municipal en informes anteriores, el examen de las contrataciones de esta índole llevadas a cabo en ejercicios anteriores revela un elevado número de personas que se encuentran en régimen laboral, con contrato de obra o servicio, ordinario, indefinido o temporal a tiempo parcial, que ocupan puestos de naturaleza permanente y no aquellos cuyas actividades se dirijan a satisfacer necesidades de carácter periódico y discontinuo (artículo 15.1.c, 3er. Párrafo LMRFP). Lo anterior pone de manifiesto un déficit estructural en la plantilla del Ayuntamiento. De esta manera existe una importante diferencia entre la plantilla aprobada y el personal en nómina, muy superior en número de personas al de las incluidas en la plantilla anual aprobada. Es preciso advertir que la citada práctica contradice las limitaciones contenidas en sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado a la contratación de personal temporal, o el nombramiento de personal estatutario temporal, de funcionarios interinos salvo que se acredite que concurre la circunstancia de estarse ante casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables restringidas a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales (art. 19. DOS de la vigente Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) que el Ayuntamiento se encuentre a lo largo del ejercicio en la prestación de los servicios públicos; no pudiéndose utilizar para la cobertura de necesidades continuadas o carentes de situaciones extraordinarias que justifiquen tales temporalidades, como ocurre en el presente caso si observamos las dotaciones incluidas en el Anexo de personal de ejercicios precedentes.


4- Asimismo, en cuanto a la calificación de los contratos formalizados, como contrato por obra o servicio, será aquel que sirva para desempeñar funciones con autonomía y sustantividad propias dentro del Ayuntamiento. Téngase en cuenta que en los contratos por obra o servicio determinado, hay que acreditar con suficiente claridad, la obra o servicio determinado y que el trabajador se ocupa de la actividad convenida y no de otra tarea distinta. Caso contrario, los tribunales consideran que estos contratos están celebrados en fraude de ley, y consideran indefinidos.


5- Las Bases de Ejecución que acompañan al proyecto presupuestario contienen las disposiciones necesarias para una adecuada gestión del mismo , si bien deberían ser objeto de adaptación a la normativa vigente, más concretamente en lo relativo al control y fiscalización a la vista del nuevo Real decreto 424/2017 por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y en lo relativo a la contratación administrativa, teniendo en cuenta la nueva Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y la nueva regulación de los contratos menores.

Por todo ello ha indicado Félix Antonio Calleja, que  los servicios jurídicos nacionales de Centristas CCD (Coalición de Centro Democrático) están estudiando minuciosamente todas las irregularidades plasmadas por la intervención municipal por si pudieran ser objeto de presentar alegaciones en el periodo de exposición pública, así como de ser presentados dichos incumplimientos en la fiscalía de Valladolid, para que sean ellos los que determinen si pudieran tener responsabilidades los cargos públicos que han aprobado dicho presupuesto (Psoe y Ciudadanos) por la gravedad de los hechos remarcados por la intervención municipal.

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